martes, 10 de abril de 2012

Delito de Hurto agravado por Transferencia Electrónica de Fondos, telemática en general y empleo de claves secretas.

A mi parecer este tema es de mucha importancia pues el delincuente con solo un click nos puede robar millones de soles y nosotros ni cuenta. Esta nueva manera de hacer negocio se diría que para los individuos no es tan satisfactorio ya que los instrumentos legales no son muy efectivos y para el uso de este deberíamos tener la seguridad de que al hacer nuestras transacciones hay instrumentos legales que nos respalden.

En si el delito consiste en el uso por ejemplo de la transacción de dinero de una banco a otro, también la violación de claves secretas y la telemática que consiste en dar información a distancia casos como estos son tomados por piratas informáticos que al momento que el usuario ingresa sus datos todos son almacenado por él ya sea password u otros, estos llamados “piratas informáticos” pagan alrededor de $500 por los discos que le dan accesos a estas páginas pero con ese gasto ganan millones de dólares al estafar a tanta gente.

Actualmente en nuestra legislación peruana el delito informático en el Código Penal peruano ha sido previsto como una modalidad de hurto agravado al tomarlo así trae problemas, teniendo en cuenta la forma tradicional de comprender los elementos del delito de hurto.

Recomendación: No se debe bajar la guardia estos delitos son como virus que fácilmente los puedes encontrar en la red entonces creo yo que deberíamos tomar precauciones y no aventarnos a cualquier página que nos resulte de interés pues no podemos ir con una gran sorpresa.
Kathya T.